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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0618/17

Servicolt S. R. L. y Diego Osvaldo Vásquez Vásquez vs. Mayra Luisa Pérez Céspedes y Luis Emilio Pérez

Proveedor del EstadoPersona de interés · en verificación
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
2 nov de 2017
Materia
Constitucional
Acción o recurso
Demanda en suspensión de ejecución
Resultado
Rechaza
Expediente
TC-07-2017-0005

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteServicolt S. R. L.Proveedor del Estado con la misma razón social: Servicolt, SA →
RecurrenteDiego Osvaldo Vásquez Vásquez
RecurridoMayra Luisa Pérez CéspedesPersona de interés con el mismo nombre →En verificación · coincidencia estimada 96 % Socio o titular de un proveedor del Estado. El cruce es por nombre y puede tratarse de otra persona.
RecurridoLuis Emilio Pérez

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: RECHAZAR la demanda en suspensión de ejecución de sentencia incoada por la empresa Servicolt, S. R. L. y el señor Diego Osvaldo Vásquez Vásquez contra la sentencia dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el seis (6) de julio de dos mil dieciséis (2016). SEGUNDO: ORDENAR la comunicación esta sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a las partes demandantes, empresa Servicolt, S. R. L. y el señor Diego Osvaldo Vásquez; y a las partes demandadas, señores Mayra Luisa Pérez Céspedes y Luis Emilio Pérez. TERCERO: DECLARAR la presente demanda en suspensión de ejecución de sentencia libre de costas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7, numeral 6, de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011).

Resumen

El Tribunal Constitucional rechaza la demanda en suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por Servicolt, S.R.L. y Diego Osvaldo Vásquez contra una sentencia de la Primera Sala de la SCJ, por tratarse de una condena de carácter puramente económico, subsanable mediante restitución e intereses si la sentencia fuera revocada.

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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona