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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0607/17

Pascual Rodríguez Lorenzo vs. Policía Nacional y Procuraduría General Administrativa

El Estado es parte
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
2 nov de 2017
Materia
Constitucional
Acción o recurso
Revisión de sentencia de amparo
Resultado
Rechaza
Expediente
TC-05-2016-0234

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrentePascual Rodríguez Lorenzo
RecurridoPolicía NacionalPolicia Nacional →
RecurridoProcuraduría General AdministrativaEstado

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: ADMITIR, en cuanto a la forma, el recurso de revisión de amparo interpuesto por el señor Pascual Rodríguez Lorenzo contra la Sentencia núm. 0008- 2014, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, el once (11) de enero de dos mil dieciséis (2016). SEGUNDO: RECHAZAR el fondo del recurso de revisión de amparo interpuesto por el señor Pascual Rodríguez Lorenzo; y en consecuencia CONFIRMAR la Sentencia núm. 0008-2014. TERCERO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, al recurrente, señor Pascual Rodríguez Lorenzo, y a la parte recurrida, Policía Nacional y la Procuraduría General Administrativa. CUARTO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72, in fine, de la Constitución, y de los artículos 7.6 y 66 de la Ley No. 137-11. QUINTO: DISPONER que la presente decisión sea publicada en el Boletín del Tribunal Constitucional.

Resumen

Resuelve un recurso de revisión constitucional de amparo contra una sentencia del Tribunal Superior Administrativo que declaró inadmisible por extemporánea una acción de amparo interpuesta por un exoficial policial contra su retiro. El TC rechaza el recurso y confirma que el cómputo del plazo de 60 días del art. 70.2 de la Ley 137-11 corre desde el acto generador (retiro), no desde una certificación posterior.

revisión constitucional de amparoplazo 60 días art. 70.2 Ley 137-11violación continuaretiro Policía Nacionalfalta de estatuirprecedente TC/0364/15especial trascendencia constitucional

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona