Ayuntamiento de San Juan de la Maguana vs. Mirca Agramonte Alcántara
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Ayuntamiento de San Juan de la Maguana | Ayuntamiento Municipal de San Juan de la Maguana → |
| Recurrido | Mirca Agramonte Alcántara |
DECIDE: PRIMERO: ADMITIR, en cuanto a la forma, el recurso de revisión de amparo incoado por el Ayuntamiento de San Juan de la Maguana contra la Ordenanza civil núm. 0322-2018-SORD-09, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Distrito Judicial de San Juan de la Maguana el diecinueve (19) de abril de dos mil dieciocho (2018). SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo, el recurso de revisión de amparo y, en consecuencia, REVOCAR la Sentencia núm. 0322-2018-SORD-09. TERCERO: DECLARAR inadmisible la acción de amparo incoada por la señora Mirca Agramonte Alcántara. CUARTO: ORDENAR, por Secretaría, la comunicación de la presente sentencia a la parte recurrente, Ayuntamiento de San Juan de la Maguana, a la alcaldesa, Hanoi Yaquelin Sánchez Paniagua, y al administrador general, señor Kelvin Ybert; y a la recurrida, señora Mirca Agramonte Alcántara. QUINTO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 72,16 in fine, de la Constitución de la República y 717 y 6618 de la Ley núm. 137-11. SEXTO: DISPONER que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Constitucional.
Resuelve el recurso de revisión constitucional de amparo del Ayuntamiento de San Juan de la Maguana contra la Ordenanza civil 0322-2018-SORD-09. Admite y acoge el recurso, revoca la ordenanza y declara inadmisible la acción de amparo por existir otra vía judicial efectiva (jurisdicción contencioso-administrativa municipal).
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Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona