Esther Deogracia vs. Procuraduría General de la República
Delito contra la administración pública| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Esther Deogracia | |
| Recurrido | Procuraduría General de la República | Procuraduría General de la República → |
Resuelve el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Esther Deogracia contra la Sentencia SCJ-SS-22-0186 de la Segunda Sala de la SCJ, que rechazó su casación y desestimó la extinción del proceso penal por vencimiento del plazo máximo de duración. El TC analiza el plazo razonable y las dilaciones procesales.
revisión constitucionalplazo razonableextinción del proceso penalplazo máximo de duracióndilaciones procesalesdebido procesoartículo 148 Código Procesal Penal
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona