martes, 3 de noviembre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Recibir las actualizaciones
HoyPunto Ciego®MediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivo
HoyPunto Ciego®MediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto Ciego®Medios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar en Notifacto
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0583/18

Anthony Miguel Durán Estrella vs. Policía Nacional y Consejo Superior Policial y jefe de la Policía Nacional

El Estado es parte
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
19 dic de 2018
Materia
Constitucional
Acción o recurso
Revisión de sentencia de amparo
Resultado
Acoge
Expediente
TC-05-2017-0015

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteAnthony Miguel Durán Estrella
RecurridoPolicía NacionalPolicia Nacional →
RecurridoConsejo Superior Policial y jefe de la Policía NacionalEstado

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: ADMITIR, en cuanto a la forma, el recurso de revisión de amparo interpuesto por el señor Anthony Miguel Duran Estrella contra la Sentencia núm. 00200-2016, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintitrés (23) de mayo de dos mil dieciséis (2016). SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo, el referido recurso y, en consecuencia, REVOCAR la Sentencia núm. 00200-2016. TERCERO: ACOGER la acción de amparo interpuesta por el señor Anthony Miguel Durán Estrella, así como también ORDENAR a la Policía Nacional la reintegración en el grado que ostentaba al momento de producirse la cancelación de su nombramiento y, en consecuencia, disponer que al accionante le sean saldados los salarios dejados de pagar desde el momento de la desvinculación hasta la fecha en que se produjere su reintegración en la Policía Nacional. CUARTO: OTORGAR un plazo de sesenta (60) días calendarios, a contar de la fecha de la notificación de esta decisión, para que la Policía Nacional cumpla con el mandato de la presente sentencia. QUINTO: IMPONER un astreinte de mil pesos con 00/100 ($1,000.00) por cada día de retardo en la ejecución de la presente decisión contra la Policía Nacional, a ser destinado a favor del señor Anthony Miguel Duran Estrella. SEXTO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 72, in fine, de la Constitución y 7.6 y 66 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los …

Resumen

El Tribunal Constitucional acoge el recurso de revisión constitucional de amparo contra la Sentencia 00200-2016 del Tribunal Superior Administrativo que rechazó el amparo de un ex segundo teniente de la Policía Nacional desvinculado sin debido proceso, ordenando su reintegración al grado ostentado y el pago de salarios caídos.

revisión constitucional de amparodebido procesoPolicía Nacionaldesvinculación disciplinariaConsejo Superior Policialastreintereintegración

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • CongresoLegisladores, iniciativas, asistencia y votos
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona