Anthony Miguel Durán Estrella vs. Policía Nacional y Consejo Superior Policial y jefe de la Policía Nacional
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Anthony Miguel Durán Estrella | |
| Recurrido | Policía Nacional | Policia Nacional → |
| Recurrido | Consejo Superior Policial y jefe de la Policía Nacional | Estado |
DECIDE: PRIMERO: ADMITIR, en cuanto a la forma, el recurso de revisión de amparo interpuesto por el señor Anthony Miguel Duran Estrella contra la Sentencia núm. 00200-2016, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintitrés (23) de mayo de dos mil dieciséis (2016). SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo, el referido recurso y, en consecuencia, REVOCAR la Sentencia núm. 00200-2016. TERCERO: ACOGER la acción de amparo interpuesta por el señor Anthony Miguel Durán Estrella, así como también ORDENAR a la Policía Nacional la reintegración en el grado que ostentaba al momento de producirse la cancelación de su nombramiento y, en consecuencia, disponer que al accionante le sean saldados los salarios dejados de pagar desde el momento de la desvinculación hasta la fecha en que se produjere su reintegración en la Policía Nacional. CUARTO: OTORGAR un plazo de sesenta (60) días calendarios, a contar de la fecha de la notificación de esta decisión, para que la Policía Nacional cumpla con el mandato de la presente sentencia. QUINTO: IMPONER un astreinte de mil pesos con 00/100 ($1,000.00) por cada día de retardo en la ejecución de la presente decisión contra la Policía Nacional, a ser destinado a favor del señor Anthony Miguel Duran Estrella. SEXTO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 72, in fine, de la Constitución y 7.6 y 66 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los …
El Tribunal Constitucional acoge el recurso de revisión constitucional de amparo contra la Sentencia 00200-2016 del Tribunal Superior Administrativo que rechazó el amparo de un ex segundo teniente de la Policía Nacional desvinculado sin debido proceso, ordenando su reintegración al grado ostentado y el pago de salarios caídos.
revisión constitucional de amparodebido procesoPolicía Nacionaldesvinculación disciplinariaConsejo Superior Policialastreintereintegración
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona