Saturnino Antonio Ureña, José Antonio González y Terra Gas S.R.L. vs. Aladino Acevedo Méndez
Persona de interés · en verificación| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Saturnino Antonio Ureña | |
| Recurrente | José Antonio González | Persona de interés con el mismo nombre →En verificación · coincidencia estimada 16 % Nombrado en un decreto sobre un cargo público; Socio o titular de un proveedor del Estado. El cruce es por nombre y puede tratarse de otra persona; el nombre aparece en 2 nóminas municipales o de portales, 3 proveedores del Estado (como socio o titular). |
| Recurrente | Terra Gas S.R.L. | |
| Recurrido | Aladino Acevedo Méndez |
Resuelve un recurso de revisión constitucional contra una sentencia de amparo que había ordenado paralizar una planta de gas licuado de petróleo. El TC acoge el recurso, revoca la sentencia recurrida y declara inadmisible la acción de amparo por existir otra vía eficaz: el recurso contencioso administrativo.
revisión constitucionalamparootra vía eficazrecurso contencioso administrativoplanta de gasderecho a la vida y saludLey 137-11
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona