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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0050/17

Roque Florentino y Isidro Bautista vs. Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales

El Estado es parte
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
2 feb de 2017
Materia
Constitucional
Acción o recurso
Revisión de sentencia de amparo
Resultado
Acoge
Expediente
TC-05-2015-0159

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteRoque Florentino
RecurrenteIsidro Bautista
RecurridoMinisterio de Medio Ambiente y Recursos NaturalesEstado

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: DECLARAR admisible recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por Roque Florentino e Isidro Bautista contra la Sentencia núm. 00234-2014, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el nueve (9) de julio de dos mil catorce (2014). SEGUNDO: ACOGER el recurso referido y, en consecuencia, REVOCAR la referida sentencia núm. 00234-2014, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el nueve (9) de julio de dos mil catorce (2014). TERCERO: DECLARAR improcedente la acción de amparo de cumplimiento interpuesta por Roque Florentino e Isidro Bautista en contra del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. CUARTO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 72, in fine, de la Constitución de la República, y 7 y 66 de la referida ley núm. 137-11. QUINTO: COMUNICAR la presente sentencia por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a las partes, Roque Florentino, Isidro Bautista, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al procurador general administrativo. SEXTO: DISPONER que la presente decisión sea publicada en el Boletín del Tribunal Constitucional.

Resumen

Resuelve un recurso de revisión constitucional contra una sentencia de amparo del Tribunal Superior Administrativo que inadmitió una acción de amparo de cumplimiento por indemnizaciones por supuesta expropiación de inmuebles dentro del Parque Nacional Cabo Cabrón. El TC admite el recurso, revoca la sentencia recurrida y declara improcedente la acción por falta de la intimación previa a la autoridad exigida por el artículo 107 de la Ley 137-11.

revisión constitucionalamparo de cumplimientoexpropiaciónáreas protegidasintimación previaLey 137-11Parque Nacional Cabo Cabrón

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona