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Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0415/15

Ana Miledy Hernández vs. los artículos 44 y transitorio primero de la Ley núm. 28-11 y sobre el Consejo del Poder Judicial del veinte (20) de enero de dos mil once (2

El Estado es parte
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
28 oct de 2015
Materia
Constitucional
Acción o recurso
Acción directa de inconstitucionalidad
Resultado
Rechaza
Expediente
TC-01-2014-0016

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteAna Miledy Hernández
Recurridolos artículos 44 y transitorio primero de la Ley núm. 28-11
Recurridosobre el Consejo del Poder Judicial del veinte (20) de enero de dos mil once (2Estado

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: DECLARAR buena y válida, en cuanto a la forma, la presente acción directa en inconstitucionalidad, del once (11) de abril de dos mil catorce (2014), incoada por la magistrada Ana Miledy Hernández, contra los artículos 44 y transitorio primero de la Ley núm. 28-11, sobre el Consejo del Poder Judicial, del veinte (20) de enero de dos mil once (2011) y la Resolución núm. 23-2012, que aprueba el Reglamento de Control Administrativo Interno del Poder Judicial, del veintinueve (29) de octubre de dos mil doce (2012), por haber sido interpuesta de conformidad con la ley. SEGUNDO: RECHAZAR, en cuanto al fondo, por los motivos expuestos, la presente acción directa en inconstitucionalidad interpuesta por la magistrada Ana Miledy Hernández y, en consecuencia, DECLARAR conforme a la Constitución de la República los artículos 44 y transitorio primero de la Ley núm. 28-11, sobre el Consejo del Poder Judicial, del veinte (20) de enero de dos mil once (2011), y la Resolución núm. 23-2012, que aprueba el Reglamento de Control Administrativo Interno del Poder Judicial, del veintinueve (29) de octubre de dos mil doce (2012). TERCERO: DECLARAR el presente procedimiento libre de costas, de conformidad con las disposiciones del artículo 7.6 de la Ley núm.137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio del año dos mil once (2011). CUARTO: ORDENAR que la presente decisión sea notificada, por Secretaría, a la accionante, …

Resumen

Resuelve una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la magistrada Ana Miledy Hernández contra el artículo 44 y el transitorio primero de la Ley 28-11 sobre el Consejo del Poder Judicial y contra la Resolución 23-2012 que aprueba el Reglamento de Control Administrativo Interno del Poder Judicial.

inconstitucionalidadConsejo del Poder JudicialLey 28-11Reglamento de Control Administrativo InternoInspectoría Generalcontrol difuso de constitucionalidad

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona