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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0403/18

Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Valverde vs. Carlos Marcelino Vásquez

El Estado es parte
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
6 nov de 2018
Materia
Constitucional
Acción o recurso
Revisión de sentencia de amparo
Resultado
Acoge
Expediente
TC-05-2018-0116

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteProcuraduría Fiscal del Distrito Judicial de ValverdeMinisterio Público
RecurridoCarlos Marcelino Vásquez

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: ADMITIR, el presente recurso de revisión constitucional en materia de amparo de cumplimiento interpuesto por la Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Valverde, contra la Sentencia núm. 10/2018, dictada por el Tribunal Unipersonal del Juzgado de Primera Instancia de Valverde el trece (13) de febrero de dos mil dieciocho (2018), por haber sido interpuesto en tiempo hábil conforme las normas que rigen la materia. SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo el recurso de revisión constitucional en materia de amparo descrito en el ordinal que antecede y en, consecuencia, REVOCAR la Sentencia núm. 10/2018, dictada por el Tribunal Unipersonal del Juzgado de Primera Instancia de Valverde el trece (13) de febrero de dos mil dieciocho (2018). TERCERO: DECLARAR, improcedente, por los motivos expuestos, la acción de amparo de cumplimiento incoada por el señor Carlos Marcelino Vásquez contra la Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Valverde. CUARTO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72, in fine, de la Constitución, y de los artículos 7.6 y 66 de la citada ley núm. 137-11. QUINTO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia, por secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la recurrente, Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Valverde; y a la parte recurrida, Carlos Marcelino Vásquez. SEXTO: DISPONER que la presente decisión sea publicada en el Boletín del Tribunal Constitucional, en virtud del …

Resumen

El Tribunal Constitucional admite y acoge el recurso de revisión constitucional en amparo interpuesto por la Procuraduría Fiscal de Valverde, revoca la Sentencia 10/2018 que ordenó devolver un arma de fuego vía amparo de cumplimiento, y declara improcedente dicha acción por no proceder contra decisiones jurisdiccionales del Poder Judicial (art. 108.a Ley 137-11).

amparo de cumplimientorevisión constitucionalLey 137-11devolución de arma de fuegoPoder Judicialimprocedenciavoto salvado

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona