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Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0004/15

Francisco Lora vs. Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), Iglesia Católica Parroquia Santa Cecilia y Padre William Almonte Mencía

El Estado es parte
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
28 ene de 2015
Materia
Constitucional
Acción o recurso
Revisión de sentencia de amparo
Resultado
Acoge
Expediente
TC-05-2013-0247

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteFrancisco Lora
RecurridoInstituto Nacional de la Vivienda (INVI)Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) (Inactiva) →
RecurridoIglesia Católica Parroquia Santa Cecilia
RecurridoPadre William Almonte Mencía

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: ADMITIR, en cuanto a la forma, el recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por los señores Francisco Lora y compartes, contra la Sentencia núm. 20131722, dictada por la Tercera Sala de la Jurisdicción Original de Santiago de los Caballeros, en fecha dos (2) de julio de dos mil trece (2013). SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo, el recurso de revisión constitucional descrito en el ordinal anterior y, en consecuencia, REVOCAR la indicada sentencia. TERCERO: DECLARA inadmisible la acción de amparo interpuesta por los señores Francisco Lora y compartes contra el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), la iglesia católica parroquia Santa Cecilia de Santiago de los Caballeros y el reverendo padre Willian Almonte, de conformidad con el artículo 70 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y los Procedimientos Constitucionales. CUARTO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72, in fine, de la Constitución y los artículos 7.6 y Sentencia TC/0004/15. 66 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales. QUINTO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia, vía Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a los accionantes señores Francisco Lora y compartes, así como al Instituto Nacional de la Vivienda, la Iglesia Católica, la Parroquia Santa Cecilia de Santiago de los Caballeros y el reverendo Padre Willian Almonte. …

Resumen

Resuelve el recurso de revisión constitucional contra la sentencia 201311722 de la Tercera Sala de Jurisdicción Original de Santiago, que declaró inadmisible una acción de amparo por extemporaneidad. El TC admite el recurso, revoca la sentencia recurrida y declara inadmisible la acción de amparo por notoriamente improcedente, al no configurarse conculcación de derechos fundamentales.

amparorevisión constitucionalinadmisibilidadplazo 60 díasviolaciones continuasLey 137-11INVIParroquia Santa Cecilia

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona