Leonardo José Cortorreal Bernal vs. Arelis Catalia Herrera Infante y Procuraduría Fiscal de la Provincia Duarte
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Leonardo José Cortorreal Bernal | |
| Recurrido | Arelis Catalia Herrera Infante | |
| Recurrido | Procuraduría Fiscal de la Provincia Duarte | Ministerio Público |
El Tribunal Constitucional declara su incompetencia para conocer en vía directa de una acción de amparo contra un acto de puesta en posesión de inmueble y una autorización de fuerza pública, remitiendo el conocimiento a la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Duarte.
amparoincompetenciaTribunal Constitucionalpuesta en posesiónLey 137-11jurisdicción competente
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona