miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0038/13

Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) vs. Fundación Ministerio de Renovación, Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y Procuraduría General Administrativa

El Estado es parte
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
15 mar de 2013
Materia
Contencioso administrativo
Acción o recurso
Demanda en suspensión de ejecución
Resultado
Rechaza
Expediente
TC-07-2012-0008

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteConsejo Nacional de Seguridad Social (CNSS)Consejo Nacional de la Seguridad Social →
RecurridoFundación Ministerio de Renovación
RecurridoTesorería de la Seguridad Social (TSS)Tesorería de la Seguridad Social →
RecurridoProcuraduría General AdministrativaEstado

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: RECHAZAR la presente demanda en suspensión de ejecución de la Sentencia No.121-2012, de fecha treinta (30) de agosto del año dos mil doce (2012), dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, de Jurisdicción Nacional, incoada por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS). SEGUNDO: ORDENAR que la presente decisión sea comunicada, por Secretaría, al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS); a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS); y a la Fundación Ministerio Renovación. TERCERO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.6 de la referida Ley No.137-11. CUARTO: DISPONER que la presente decisión sea publicada en el Boletín del Tribunal Constitucional, en virtud del artículo 4 de la referida Ley 137-11.

Resumen

El Tribunal Constitucional resuelve una solicitud del CNSS de suspensión de la ejecución de la Sentencia No.121-2012 del Tribunal Superior Administrativo, que ordenó reincorporar afiliados al SDSS vía la Fundación Ministerio de Renovación. Rechaza la suspensión porque las sentencias de amparo son ejecutorias de pleno derecho y el recurso de revisión no tiene efecto suspensivo.

suspensión de ejecuciónamparorevisión constitucionalseguridad socialSDSSCNSSTSSejecutoriedad de pleno derecho

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • CongresoLegisladores, iniciativas, asistencia y votos
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona