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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0357/15

Junta del distrito municipal Cabarete vs. Ayuntamiento del municipio Sosúa

El Estado es parte
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
14 oct de 2015
Materia
Contencioso administrativo
Acción o recurso
Conflicto de competencia
Resultado
Rechaza
Expediente
TC-03-2014-0003

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteJunta del distrito municipal CabareteEstado
RecurridoAyuntamiento del municipio SosúaAyuntamiento Municipal de Sosúa →

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: ADMITIR, en cuanto a la forma, la presente acción de conflicto de competencia interpuesta por la directora en funciones de la Junta del distrito municipal Cabarete contra el Ayuntamiento del municipio Sosúa. SEGUNDO: RECHAZAR, en cuanto al fondo, la referida acción en conflicto de competencia, y en consecuencia, DECLARAR que la competencia para el recaudo de los arbitrios por concepto de permisos de construcción y uso de suelo corresponde al Ayuntamiento del municipio Sosúa, en ejercicio de su facultad para la creación de oficina de planeamiento urbano y el otorgamiento de permisos relacionados con la construcción, demolición y uso de suelo, en la demarcación del territorio municipal. TERCERO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia, por secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la directora en funciones de la Junta del distrito municipal Cabarete, a la alcaldesa del Ayuntamiento del municipio Sosúa, y al Ministerio de Turismo y al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones. CUARTO: DISPONER la publicación de la presente sentencia en el Boletín del Tribunal Constitucional.

Resumen

Resuelve un conflicto de competencia entre la Junta del distrito municipal Cabarete y el Ayuntamiento del municipio Sosúa sobre el recaudo de arbitrios por uso de suelo y permisos de construcción. Declara que la competencia corresponde al ayuntamiento del municipio, rechazando la acción en cuanto al fondo.

conflicto de competenciadistrito municipal Cabaretearbitriosuso de suelopermisos de construcciónLey 176-07oficina de planeamiento urbano

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona