Verde Eco Reciclaje Industrial S.A (VERI) vs. Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y su ministro Lic. Bautista Antonio Rojas Gómez
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Verde Eco Reciclaje Industrial S.A (VERI) | |
| Recurrido | Ministerio de Medio Ambiente | Ministerio de Medio Ambiente → |
| Recurrido | Recursos Naturales y su ministro Lic. Bautista Antonio Rojas Gómez |
DECIDE: PRIMERO: ADMITIR el recurso de revisión constitucional en materia de amparo de cumplimiento incoado por Verde Eco Reciclaje Industrial, S.A (VERI) contra la Sentencia núm. 00535-2014, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el dieciocho (18) de diciembre de dos mil catorce (2014). SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo, el referido recurso y, en consecuencia, REVOCAR la Sentencia núm. 00535-2014, por los motivos expuestos. TERCERO: DECLARAR que procede en cuanto a la forma, y ACOGER, en cuanto al fondo, la acción de amparo de cumplimiento incoada por la sociedad comercial Verde Eco Reciclaje Industrial, S.A. (VERI); y en consecuencia, se ORDENA al Ministerio de Medio Ambiente y Recurso Naturales emitir en el plazo de tres (3) meses, el reglamento que establezca la prohibición de la exportación de los desechos provenientes de las baterías acido plomo usadas (BAPU) que se generan el en país, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 80, 104 y 105 de la Ley núm. 64-00, General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales. CUARTO: IMPONER a la parte accionada, Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, al pago de un astreinte de cinco mil pesos con 00/100 ($5,000.00) por cada día de retardo en la ejecución de la presente decisión, en favor de la empresa Verde Eco Reciclaje Industrial, S.A (VERI). QUINTO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 72, in fine, de la …
Resuelve recurso de revisión contra sentencia del Tribunal Superior Administrativo que rechazó amparo de cumplimiento de VERI, que exigía al Ministerio de Medio Ambiente prohibir la exportación de baterías de ácido-plomo usadas. El TC revoca la sentencia por falta de motivación y decide el fondo, rechazando la acción al concluir que la prohibición solo procede si existe procedimiento adecuado acreditado en el país.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona