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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0331/18

Granos Nacionales S.A. vs. Comisión para las Importaciones Agropecuarias, Ministerio de Agricultura, Ministerio de Industria y Comercio y otros

El Estado es parteProveedor del Estado
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
4 sept de 2018
Materia
Constitucional
Acción o recurso
Revisión de sentencia de amparo
Resultado
Acoge
Expediente
TC-05-2017-0228

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteGranos Nacionales S.A.Proveedor del Estado con la misma razón social: Granos Nacionales, S.A →
RecurridoComisión para las Importaciones Agropecuarias
RecurridoMinisterio de AgriculturaMinisterio de Agricultura →
RecurridoMinisterio de Industria y ComercioEstado
RecurridoDirección General de AduanasEstado
RecurridoOficina de Tratados Comerciales Agrícolas
RecurridoProcurador General de la RepúblicaMinisterio Público
RecurridoProcuraduría General AdministrativaEstado

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: ADMITIR, en cuanto a la forma, el recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por Granos Nacionales, S.A., contra la Sentencia núm. 00454-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el ocho (8) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016). SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo, el recurso de revisión constitucional en materia de amparo descrito, en consecuencia, REVOCAR la Sentencia núm. 00454-2016 dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el ocho (8) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016). TERCERO: DECLARAR improcedente por extemporánea la acción de amparo de cumplimiento interpuesta el treinta (30) de septiembre de dos mil dieciséis (2016), por Granos Nacionales, S.A., contra el Ministerio de Agricultura, Comisión para las Importaciones Agropecuarias, Ministro Administrativo de la Presidencia, Ministerio de Industria y Comercio, Dirección General de Aduanas y Procuraduría General Administrativa, por no cumplir con lo establecido en el artículo 107 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales. CUARTO: DECLARAR el presente procedimiento libre de costas de conformidad con las disposiciones del artículo 7.6 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales. QUINTO: ORDENAR, por Secretaría, la comunicación de la presente sentencia, a la parte recurrente, Granos Nacionales, …

Resumen

Resuelve un recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por Granos Nacionales, S.A. contra la Sentencia 00454-2016 del Tribunal Superior Administrativo, que rechazó su amparo de cumplimiento sobre la asignación de contingentes arancelarios DR-CAFTA de frijoles. El TC acoge el recurso, revoca la sentencia recurrida y declara improcedente la acción por extemporánea.

revisión constitucionalamparo de cumplimientocontingentes arancelarios DR-CAFTAextemporaneidadcaducidadespecial trascendencia constitucionalDecreto 705-10

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona