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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0031/15

Nelson R. Santana Artiles vs. Superintendencia de Bancos, superintendente de Bancos y Ministerio de Hacienda

El Estado es parte
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
3 mar de 2015
Materia
Constitucional
Acción o recurso
Revisión de sentencia de amparo
Expediente
TC-05-2013-0236

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteNelson R. Santana Artiles
RecurridoSuperintendencia de BancosSuperintendencia de Bancos →
Recurridosuperintendente de Bancos
RecurridoMinisterio de HaciendaMinisterio de Hacienda →

Resumen

Resuelve un recurso de revisión constitucional en materia de amparo contra la Sentencia 303-2013 del Tribunal Superior Administrativo, que declaró improcedente un amparo de cumplimiento para cobrar honorarios de una sentencia judicial. El TC confirma que el amparo de cumplimiento no procede para ejecutar sentencias jurisdiccionales.

revisión constitucionalamparo de cumplimientoejecución de sentenciahonorarios profesionalesBADESASuperintendencia de BancosLey 137-11falta de objeto

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona