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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0306/16

Policía Nacional vs. Dewer Francisco Matos Herrera

El Estado es parte
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
20 jul de 2016
Materia
Constitucional
Acción o recurso
Revisión de sentencia de amparo
Resultado
Acoge
Expediente
TC-05-2015-0151

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrentePolicía NacionalPolicia Nacional →
RecurridoDewer Francisco Matos Herrera

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: ADMITIR, en cuanto a la forma, el recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por la Policía Nacional contra la Sentencia núm. 00339-2014, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el diecinueve (19) de diciembre de dos mil catorce (2014). SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo, el recurso de revisión constitucional incoado contra la referida sentencia núm. 00339-2014, por los motivos expuestos en el cuerpo de esta decisión, y en consecuencia, REVOCAR la misma. TERCERO: DECLARAR inadmisible la acción de amparo interpuesta por el señor Dewer Francisco Matos Herrera el quince (15) de agosto de dos mil catorce (2014), contra la Jefatura de Policía Nacional, por extemporánea, de acuerdo con el artículo 70.2 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales del trece (13) de junio de dos mil once (2011). CUARTO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 72, in fine, de la Constitución de la República, 7, numeral 6, y 66 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales del trece (13) de junio de dos mil once (2011). QUINTO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte recurrente, Jefatura de la Policía Nacional; y a la parte recurrida, señor Dewer Francisco Matos Herrera, así como a la Procuraduría General …

Resumen

Resuelve el recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por la Policía Nacional contra la sentencia 00339-2014 del Tribunal Superior Administrativo, que acogió amparo de un ex cabo policial. El TC acoge el recurso, revoca la sentencia y declara inadmisible la acción por extemporaneidad (plazo de 60 días del art. 70.2 de la Ley 137-11).

revisión constitucionalamparoPolicía Nacionalinadmisibilidadplazo 60 díasLey 137-11desvinculación policial

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona