Napoleón Francisco Marte Cruz vs. Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Napoleón Francisco Marte Cruz | |
| Recurrido | Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD) | Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo → |
DECIDE: PRIMERO: ADMITIR, en cuanto a la forma, el recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por el señor Napoleón Francisco Marte Cruz contra la Sentencia núm. 0014-2015, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el trece (13) de julio de dos mil quince (2015). SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo, el recurso de revisión constitucional descrito en el ordinal anterior y, en consecuencia, REVOCAR la Sentencia núm. 0014-2015, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el trece (13) de julio de dos mil quince (2015). TERCERO: ACOGER la acción de amparo interpuesta por el señor Napoleón Francisco Marte Cruz en contra de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD) y, en consecuencia, ORDENAR la instalación de contador y de servicio de agua a favor del accionante. CUARTO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, al recurrente, Napoleón Francisco Marte Cruz; a la recurrida, Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD), y a la Procuraduría General Administrativa. QUINTO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 72, in fine, de la Constitución, 7.6 y 66 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales del trece (13) de junio de dos mil once (2011). SEXTO: DISPONER su publicación en el Boletín del Tribunal …
El Tribunal Constitucional admite y acoge el recurso de revisión constitucional en materia de amparo de Napoleón Francisco Marte Cruz contra la CAASD, que le negó la instalación del servicio de agua por deudas de un anterior ocupante del inmueble, revocando la sentencia 0014-2015 del Tribunal Superior Administrativo.
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Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona