Nicaudi Zugeidi Gerardo vs. Dirección General de Pasaportes
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Nicaudi Zugeidi Gerardo | |
| Recurrido | Dirección General de Pasaportes | Dirección General de Pasaportes → |
DECIDE: PRIMERO: DECLARAR inadmisible el recurso de revisión constitucional interpuesto por la señora Nicaudi Zugeidi Gerardo contra la Sentencia núm. 838-2012, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil doce (2012), y la Sentencia núm. 00454-2012, de fecha dieciocho (18) de mayo de dos mil doce (2012), dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, por las razones expuestas anteriormente. SEGUNDO: ORDENAR la comunicación de la presente sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte recurrente, la señora Nicaudi Zugeidi Gerardo, y a la parte recurrida, la Dirección General de Pasaporte. Sentencia TC/0239/13. TERCERO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72, in fine, de la Constitución, y los artículos 7 y 66 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de fecha trece (13) de junio de dos mil once (2011). CUARTO: DISPONER que la presente decisión sea publica en el Boletín del Tribunal Constitucional.
Resuelve un recurso de revisión constitucional en materia de amparo contra sentencias que ordenaron a la Dirección General de Pasaportes renovar el pasaporte de la recurrente, condicionado a la entrega de un pasaporte adulterado. El TC declara inadmisible el recurso por extemporáneo.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona