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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0221/14

César Ariel Sánchez Mieses vs. Estado dominicano

El Estado es parte
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
23 sept de 2014
Materia
Civil y comercial
Acción o recurso
Acción directa de inconstitucionalidad
Resultado
Rechaza
Expediente
TC-01-2013-0022

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteCésar Ariel Sánchez Mieses
RecurridoEstado dominicanoEstado

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: DECLARAR admisible, en cuanto a la forma, la presente acción en inconstitucionalidad incoada por el señor César Ariel Sánchez Mieses contra los artículos 913, 914, 915, 916, 917, 918, 919, 920, 921, 922, 923, 924, 925, 926, 927, 928, 929 y 930 del Código Civil dominicano. SEGUNDO: RECHAZAR, en cuanto al fondo, la acción en inconstitucionalidad de que se trata y consecuentemente, DECLARAR Sentencia TC/0221/14. conforme con la Constitución de la República los artículos 913, 914, 915, 916, 917, 918, 919, 920, 921, 922, 923, 924, 925, 926, 927, 928, 929 y 930 del Código Civil dominicano. TERCERO: ORDENAR que la presente decisión sea notificada, por Secretaría, al señor César Ariel Sánchez Mieses, al procurador general de la República, a la Cámara de Diputados de la República y al Senado de la República para los fines que correspondan. CUARTO: DECLARAR el presente proceso libre de costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.6 de la Ley núm. 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y los Procedimientos Constitucionales, de fecha once (11) de junio de dos mil once (2011). QUINTO: DISPONER su publicación en el Boletín del Tribunal Constitucional.

Resumen

Resuelve una acción directa de inconstitucionalidad contra los artículos 913 a 919 (y por conexidad 920-930) del Código Civil sobre la reserva hereditaria, por alegada violación del derecho de propiedad (art. 51). Declara la acción admisible en la forma pero la rechaza en el fondo, confirmando la constitucionalidad de las normas.

reserva hereditariaporción disponiblederecho de propiedadinconstitucionalidadCódigo Civilliberalidadesfunción social de la propiedad

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona