| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Plaza Lama S. A. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Plaza Lama, SA → |
| Recurrido | Carlos Samuel Lara Melo |
DECIDE: PRIMERO: DECLARAR ADMISIBLE, en cuanto a la forma, el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Plaza Lama S. A., contra la Sentencia núm. SCJ-TS-24-0674, dictada por la Tercera Sala 2 SCJ, 1.a Sala, del trece (13) de junio de dos mil doce (2012), núm. 23, B. J. 1219. Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de mayo de dos mil veinticuatro (2024). SEGUNDO: RECHAZAR, en cuanto al fondo, el recurso de revisión constitucional anteriormente descrito y, en consecuencia, CONFIRMAR la Sentencia núm. SCJ-TS-24-0674, por los motivos expuestos. TERCERO: DECLARAR el presente recurso libre de costas de acuerdo a lo establecido en el artículo 7, numeral 6 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales. CUARTO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte recurrente, sociedad comercial Plaza Lama S. A. y a la parte recurrida, señor Carlos Samuel Lara Melo. QUINTO: DISPONER que la presente decisión sea publicada en el Boletín del Tribunal Constitucional.
Resuelve recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional contra sentencia de casación que declaró caduco el recurso por irregular notificación del emplazamiento. El TC admite el recurso en cuanto a la forma pero lo rechaza en el fondo y confirma la sentencia recurrida, precisando que el emplazamiento de casación debe notificarse a la persona misma o su domicilio real, no bastando el estudio de la abogada.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona