Elba Alexandra Mauricio Peguero vs. Patricia Hernández Jiménez, Jesús Inocencio Mauricio Peguero, Domingo Mauricio Peguero y otros
Persona de interés · en verificación| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Elba Alexandra Mauricio Peguero | |
| Recurrido | Patricia Hernández Jiménez | |
| Recurrido | Jesús Inocencio Mauricio Peguero | |
| Recurrido | Domingo Mauricio Peguero | |
| Recurrido | Federico Andrés Mauricio Peguero | |
| Recurrido | María Dolores Mauricio Peguero | Persona de interés con el mismo nombre →En verificación · coincidencia estimada 96 % Socio o titular de un proveedor del Estado. El cruce es por nombre y puede tratarse de otra persona. |
| Recurrido | Cirilo Mauricio Peguero | |
| Recurrido | José Elías Mauricio Peguero |
DECIDE: PRIMERO: DECLARAR, admisible en cuanto a la forma, el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Elba Alexandra Mauricio Peguero contra la Sentencia núm. SCJ-PS-25-2572, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de noviembre de dos mil veinticinco (2025). SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo, el referido recurso de revisión constitucional y, en consecuencia, ANULAR la indicada Sentencia núm. SCJ- PS-25-2572, con base en las precisiones que figuran en el cuerpo de la presente decisión. TERCERO: ORDENAR el envío del expediente a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, para los fines establecidos en el numeral 10 del artículo 54 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011). CUARTO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.6 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011). QUINTO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte recurrente, señora Elba Alexandra Mauricio Peguero; y a las partes recurridas, señores Patricia Hernández Jiménez, Jesús Inocencio Mauricio Peguero, Domingo Mauricio Peguero, Federico
El Tribunal Constitucional acoge la revisión de una sentencia de casación que aplicó un cambio jurisprudencial posterior a la interposición del recurso. Considera insuficiente la motivación del cambio respecto de infracciones procesales, anula la decisión impugnada y remite el asunto a la Suprema Corte de Justicia.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona