Madera M & F y Asociados SRL vs. Banco Agrícola de la República Dominicana
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Madera M & F | |
| Recurrente | Asociados SRL | |
| Recurrido | Banco Agrícola de la República Dominicana | Banco Agrícola de la República Dominicana → |
RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR inadmisible la presente demanda en solicitud de suspensión de sentencia incoada por Madera M & F, Asociados, SRL y compartes, respecto de la Sentencia núm. 0487/2024, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el trece (13) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024). SEGUNDO: ORDENAR la comunicación de esta resolución, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte demandante, Madera M & F, Asociados, SRL y compartes; y a la parte demandada, Banco Agrícola de la República Dominicana. TERCERO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.6 de la Ley núm.137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales. CUARTO: DISPONER que la presente decisión sea publicada en el Boletín del Tribunal Constitucional. Aprobada: Napoleón R. Estévez Lavandier, presidente; Eunisis Vásquez Acosta, segunda sustituta; José Alejandro Ayuso, juez; Fidias Federico Aristy Payano, juez; Alba Luisa Beard Marcos, jueza; Manuel Ulises Bonnelly Vega, juez; Sonia Díaz Inoa, jueza; Army Ferreira, jueza; Domingo Gil, juez; Amaury A. Reyes Torres, juez; María del Carmen Santana de Cabrera, jueza; José Alejandro Vargas Guerrero, juez. La presente resolución fue aprobada por los señores jueces del Tribunal Constitucional, en la sesión del pleno celebrada en fecha trece (13) del mes de enero del año dos mil veintiséis (2026); firmada y publicada por mí, secretaria del …
Resolución del Tribunal Constitucional que declara inadmisible la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de la Sentencia 0487/2024 de la Primera Sala de la SCJ, incoada por Madera M & F, Asociados, SRL y compartes contra el Banco Agrícola, por falta de objeto.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona