APRODELAPEN, Mesa Investment Limited S.R.L. y Inversiones Calpe S.R.L. vs. Procuraduría Fiscal de Puerto Plata, Junta Distrital de Cabarete, Ministerio de Turismo y otros
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | APRODELAPEN | |
| Recurrente | Mesa Investment Limited S.R.L. | |
| Recurrente | Inversiones Calpe S.R.L. | |
| Recurrido | Procuraduría Fiscal de Puerto Plata | Ministerio Público |
| Recurrido | Junta Distrital de Cabarete | Junta Distrital de Cabarete → |
| Recurrido | Ministerio de Turismo | Ministerio de Turismo → |
| Recurrido | Ministerio de Medio Ambiente, entre otros | Estado |
RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR inadmisible: 1) el incidente de ejecución de sentencia incoado por la Asociación para la Protección, Desarrollo y Libre Acceso en Playa Encuentro (APRODELAPEN) respecto de la Sentencia TC/0106/19, dictada por el Tribunal Constitucional el veintisiete (27) de mayo del año dos mil diecinueve (2019); 2) el incidente de ejecución de sentencia incoado por Mesa Investment Limited, S.R.L., Inversiones Calpe S.R.L., tendente al cumplimiento de la Sentencia TC/0037/19, dictada por el Tribunal Constitucional el tres (3) de mayo del dos mil diecinueve (2019), y 3) el incidente de ejecución de sentencia incoado por las entidades Inversiones Calpe, S.R.L., y Mesa Investment Limited, S.R.L., respecto de la Sentencia TC/0370/20, dictada por el Tribunal Constitucional el veintinueve (29) de 1) diciembre del año dos mil veinte (2020), por los motivos expuestos en el cuerpo de la presente decisión. SEGUNDO: ORDENAR la comunicación de la presente resolución, vía Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a las entidades Inversiones Calpe, S.R.L., Mesa Investment Limited, S.R.L.; Segurity Group MTV; Asociación para la Protección, Desarrollo y Libre Acceso en Playa Encuentro (APRODELAPEN); señores Ricardo Augusto Ripoll García, Phillips Boris Lehman, Ángel Luis Comprés Ramos y Carlos Sansoucy, representantes de la Asociación para la Protección, Desarrollo y Libre Acceso en Playa Encuentro (APRODELAPEN); Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a su …
Resuelve tres incidentes de ejecución de sentencia (TC/0106/19, TC/0037/19 y TC/0370/20) relativos al conflicto sobre la propiedad, desalojo y libre acceso a Playa Encuentro, en la Parcela 1-Ref-13 del D.C. 02 de Puerto Plata, entre Inversiones Calpe, Mesa Investment Limited y APRODELAPEN, entre otros.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona