Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Proconsumidor) vs. Fiduciaria Universal SRL.
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Proconsumidor) | Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor → |
| Recurrido | Fiduciaria Universal SRL. |
FALLA ÚNICO: Declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Proconsumidor) contra la sentencia núm. 0030-1643-2025-SSEN-00377 de fecha 23 de mayo de 2025 dictada por la Quinta Sala Tribunal del Superior Administrativo, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo.
Declara inadmisible un recurso de casación en materia contencioso-administrativa porque no se emplazó a todas las partes vinculadas por indivisibilidad en el litigio. Considera que la omisión afecta el derecho de defensa y hace innecesario examinar los medios de casación.
recurso de casacióninadmisibilidademplazamientoindivisibilidadderecho de defensacontencioso administrativo
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona