| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Instituto Técnico Superior Comunitario (ITSC) | Proveedor del Estado con la misma razón social: INSTITUTO TECNICO SUPERIOR COMUNITARIO ITSC → |
FALLA ÚNICO: Declara la CADUCIDAD del recurso de casación interpuesto por el Instituto Técnico Superior Comunitario (ITSC) contra la sentencia núm. 0030- 1643-2024-SSEN-01002 de fecha 6 de diciembre de 2024 dictada por la Quinta Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R.D. • Tel.: • • E-mail: 12 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0030-2021-ETSA-00595 Solicitud núm.: 2025-R1189167 Recurrente: Instituto Técnico Superior Comunitario (ITSC) Recurrido: Materia: Contencioso administrativo Decisión: Caducidad Sala del Tribunal Superior Administrativo, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo.
La Tercera Sala examina un recurso de casación contencioso-administrativo y advierte que el emplazamiento al recurrido por domicilio desconocido no cumplió las formalidades legales: no se fijó en la puerta del tribunal competente ni se entregó copia al Procurador General. Considera que el acto no interrumpió el plazo de caducidad.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona