Ministerio de Educación de la República Dominicana
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrido | Ministerio de Educación de la República Dominicana | Ministerio de Educación → |
FALLA ÚNICO: Declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por , , , , , , , , Dinora De Jesús Germán, y ; así como , , , , , , , Melido , Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • • E-mail: 14 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: -RECA-01961 Solicitud núm.: 3129657 Recurrente: y compartes Recurrido: Ministerio de Educación de la República Dominicana y comparte Materia: Contencioso administrativo Decisión: Inadmisible , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , Ysabel Paca Polanco, , , , , , Orquídea Camilo Amézquita, , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , Rey Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • • E-mail: 15 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: -RECA-01961 Solicitud núm.: 3129657 Recurrente: y compartes Recurrido: Ministerio de Educación de la República Dominicana y comparte Materia: Contencioso administrativo Decisión: Inadmisible , , , , , , , , y contra la sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN- 00548 de fecha 15 de octubre de 2021 dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo.
La Tercera Sala conoce un recurso de casación en materia contencioso-administrativa y examina de oficio su admisibilidad. Considera que no se emplazó a todas las partes esenciales del litigio, pese a la indivisibilidad del objeto, y declara inadmisible el recurso.
recurso de casacióncontencioso administrativoinadmisibilidademplazamientolitisconsorcioindivisibilidad
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona