| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Dirección General de Impuestos Internos (DGII) | Dirección General Impuestos Internos → |
FALLA PRIMERO: DECLARA la INADMISIBILIDAD del recurso de casación interpuesto por la Dirección General de Impuestos Internos, (DGII) contra la ______________________________________________________________________________________________________________ Av. esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • • E-mail: 6 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 2 Solicitudes núms: 2024-R0733099, 2024-R0821315 y 2025-R0008601. Recurrente: Dirección General de Impuestos Internos (DGII) Recurrido: Materia: Laboral Decisión: Inadmisible ordenanza núm. 0471-2024-SORD-00643 de fecha 16 de octubre de 2024 dictada por la Presidencia de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del procedimiento y ordena su distracción a favor de los Lcdos. y , abogados de la parte recurrida, quienes afirman avanzarlas en su totalidad.
Declara inadmisible por extemporáneo el recurso de casación de la Dirección General de Impuestos Internos contra una ordenanza laboral. Determina que el recurso se interpuso fuera del plazo de diez días hábiles previsto para referimientos y condena a la recurrente al pago de las costas.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona