Instituto de Abogados para la protección del medio ambiente (INSAPROMA) vs. Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Connemara SRL.
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Instituto de Abogados para la protección del medio ambiente (INSAPROMA) | |
| Recurrido | Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Connemara SRL. | Estado |
FALLA ÚNICO: Declara la CADUCIDAD del recurso de casación interpuesto por el Instituto de Abogados para la protección del medio ambiente (INSAPROMA), Somos Pueblo INC, Asociación para la Protección del Medio Ambiente y del Turismo en la Zona de Cabarete y Sosua (Asoprocaso), Inc, Asociación De Tour Operadores Receptivos de la Republica Dominicana (Opetur, Inc.), la Asociación para la Protección, Av. esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0030-2020-ETSA-00681 Solicitud núm.: 2025-R0071509 Recurrentes: Instituto de Abogados para la protección del medio ambiente (INSAPROMA) y compartes. Recurridos: Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Connemara, SRL. Materia: Contencioso Administrativo. Decisión: Caducidad Desarrollo y libre acceso en la playa Encuentro (Aprodelaplen), , contra la sentencia núm. 0030-1643-2024- SSEN-00861 de fecha 31 de octubre de 2024 dictada por la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo, cuyo dispositivo figura copiado en parte anterior del presente fallo.
La Tercera Sala declara caduco un recurso de casación contra una sentencia del Tribunal Superior Administrativo, porque no se depositó el acto de emplazamiento dentro del plazo legal de quince días hábiles. Precisa que la caducidad sanciona la falta de depósito, no la realización tardía del emplazamiento.
recurso de casacióncaducidademplazamientoplazo procesalcontencioso administrativoLey 2-23
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona