Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (Egehid) vs. Ignacio Franquel Féliz
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (Egehid) | Empresa de Generación Hidroélectrica Dominicana → |
| Recurrido | Ignacio Franquel Féliz |
FALLA PRIMERO: Declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la entidad Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (Egehid), contra la sentencia núm. 029-2025-SSEN-00264 de fecha 25 de julio de 2025, dictada 1 V., Couture, Vocabulario Jurídico, pág. 127. Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • • E-mail: 8 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0051-2022-ELAB-00103 Solicitud núm.: 2025-R1054162 Recurrente: Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (Egehid) Recurrido: Materia: Laboral Decisión: Inadmisible por la Segunda Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo. SEGUNDO: COMPENSA las costas del procedimiento.
La Tercera Sala declara inadmisible el recurso de casación de Egehid porque las condenaciones laborales confirmadas suman RD$378,212.80, menos de veinte salarios mínimos, umbral de admisibilidad aplicable. Rechaza la objeción de extemporaneidad por falta de constancia de notificación, deniega la multa civil solicitada y compensa las costas.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona