Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC)
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FALLA ÚNICO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) contra la sentencia núm. 0030-03- 2020-SSEN-00051 de fecha 14 febrero de 2020 dictada por la Segunda Sala del Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R.D. • Tel.: • • E-mail: 19 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: -RECA-00380 Solicitud núm.: 2022-RTC-00306 Recurrente: Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) Recurrido: Materia: Contencioso administrativo Decisión: Rechaza Tribunal Superior Administrativo, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo.
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia rechaza el recurso de casación del MOPC contra la decisión del Tribunal Superior Administrativo que ordenó pagar justiprecio por un terreno expropiado. Al aplicar el criterio vinculante del Tribunal Constitucional, considera que carece de objeto ponderar los medios de casación tras la anulación de un fallo previo.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona