Superintendencia de Bancos de la República Dominicana
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrido | Superintendencia de Bancos de la República Dominicana | Superintendencia de Bancos → |
FALLA PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por contra la sentencia núm. 202401513 de fecha 9 de diciembre de 2024 dictada por el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Norte, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del ______________________________________________________________________________________________________________ Av. , esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • • E-mail: 18 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0495-22-00730 Solicitud núm.: 2025-R0087853 Recurrente: Recurrido: Superintendencia de Bancos de la República Dominicana Materia: Tierras Decisión: Rechaza presente fallo. SEGUNDO: COMPENSA las costas del procedimiento.
La Tercera Sala conoce un recurso de casación en una litis sobre levantamiento de oposición y astreinte respecto de un inmueble en Santiago. Rechaza el incidente de inadmisibilidad por interés casacional y examina los alegatos sobre valoración probatoria y derecho de propiedad; el fragmento aportado no incluye el dispositivo final.
recurso de casacióninterés casacional presuntoderechos registradoslevantamiento de oposiciónvaloración de pruebasderecho de propiedad
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona