Vicente Rodríguez Sánchez vs. Consejo Superior del Ministerio Público y Procuraduría General de la República
El Estado es partePersona de interés · en verificación| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Vicente Rodríguez Sánchez | Persona de interés con el mismo nombre →En verificación · coincidencia estimada 93 % Declaración jurada de patrimonio; Nómina pública con sueldo de RD$150,000 o más; Socio o titular de un proveedor del Estado. El cruce es por nombre y puede tratarse de otra persona. |
| Recurrido | Consejo Superior del Ministerio Público | Ministerio Público |
| Recurrido | Procuraduría General de la República | Procuraduría General de la República → |
FALLA ÚNICO: CASA la sentencia núm. 030-1643-2021-SSEN-00595, de fecha 29 de noviembre de 2021, dictada por la Quinta Sala Liquidadora del Tribunal Superior Administrativo, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo y envía el asunto ante la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo.
La Tercera Sala conoce un recurso de casación contra una sentencia que rechazó la impugnación de la decisión del Consejo Superior del Ministerio Público de dejar sin efecto ascensos de fiscales. Los recurrentes alegan falta de motivación, omisión de estatuir y violaciones a principios administrativos y a la Ley 133-11.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona