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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia SCJ-TS-24-0649

Atracciones El Lago SRL. vs. Dirección General de Impuestos Internos (DGII)

El Estado es parteProveedor del Estado
Ver la decisión original →PDF
Tribunal
Suprema Corte de Justicia · Tercera Sala
Fecha
31 may de 2024
Materia
Contencioso administrativo
Acción o recurso
Recurso de casación
Resultado
Declara la caducidad
Expediente
001-033-2022-RECA-02665

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteAtracciones El Lago SRL.Proveedor del Estado con la misma razón social: Atracciones El Lago, SRL →
RecurridoDirección General de Impuestos Internos (DGII)Dirección General Impuestos Internos →

Lo que decidió

FALLA ÚNICO: Declara la CADUCIDAD del recurso de casación interpuesto por la razón social Atracciones El Lago, SRL., contra la sentencia núm. 0030-04- 2022-SSEN-00325 de fecha 02 de junio de 2022 dictada por la Tercera Sala del Av. Enrique Jiménez Moya esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: [teléfono] • • E-mail: contacto@poderjudicial.gob.do 9 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 001-033-2022-RECA-02665 Recurrente: Atracciones El Lago, SRL. Recurrido: Dirección General de Impuestos Internos (DGII) Materia: Contencioso tributario Decisión: Caducidad Tribunal Superior Administrativo, en atribuciones contencioso tributarias, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo.

Resumen

Declara caduco un recurso de casación interpuesto por Atracciones El Lago, SRL contra una sentencia del Tribunal Superior Administrativo. La Sala concluye que el emplazamiento se notificó fuera del plazo franco de treinta días previsto en el artículo 7 de la Ley núm. 3726-53.

recurso de casacióncaducidademplazamientoplazo procesalcontencioso tributarioderecho de defensa

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Juristeca (Escuela Nacional de la Judicatura)PDF de la decisión

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona