| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Cervecería Nacional Dominicana SA. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Cerveceria Nacional Dominicana, SA → |
FALLA PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por la empresa Cervecería Nacional Dominicana, SA., contra la sentencia núm. 655-2023- SSEN-108 de fecha 12 de junio de 2023, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del procedimiento y ordena su distracción a favor y provecho del Lcdo. Ángel Av. Enrique Jiménez Moya esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: [teléfono] • • E-mail: contacto@poderjudicial.gob.do 11 PER1 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 001-033-2023-RECA-01623 Recurrente: Cervecería Nacional Dominicana, SA. Recurrido: Materia: Laboral Decisión: Rechaza R. Polanco Rivera, abogado de la parte recurrida, quien afirma avanzarlas en su totalidad.
Decide un recurso de casación laboral relacionado con la comunicación del despido a la autoridad de trabajo correspondiente y el alcance del recurso de apelación. Rechaza el recurso interpuesto por Cervecería Nacional Dominicana, SA.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona