| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Grupo Ramos S.A. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Grupo Ramos, S.A. → |
| Recurrido | Albert Joel Medrano Novas |
FALLA PRIMERO: CASA la sentencia núm. 028-2021-SSEN-072, de fecha 11 de mayo de 2021 dictada por la Primera Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo y envía el asunto ante la Segunda Sala Corte de Trabajo del Distrito Nacional, respecto del recurso de casación interpuesto por la entidad Grupo Ramos, SA. SEGUNDO: Declara INADMISIBLE el recurso de casación incidental interpuesto por Albert Joel Medrano Novas y Yefri Emerson Almonte Tineo, contra la mencionada sentencia. TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento.
La Tercera Sala conoce recursos de casación relacionados con despidos laborales. Considera que la corte de apelación desnaturalizó las declaraciones de una testigo al concluir que no conocía directamente los hechos, cuando declaró que había presenciado incumplimientos de funciones, y casa ese aspecto de la sentencia impugnada.
recurso de casacióndespido injustificadodesnaturalización de los hechosvaloración de la prueba testimonialderecho laboral
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona