Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD) | Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo → |
FALLA ÚNICO: Declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD) contra la sentencia núm. 0030-04-2023-SSEN-00037 de fecha 19 de enero de Av. Enrique Jiménez Moya esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: [teléfono] • • E-mail: contacto@poderjudicial.gob.do 7 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA PER1 Exp. núm.: 001-033-2023-RECA-02055 Recurrente: Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD) Recurrido: Materia: Contencioso administrativo Decisión: Inadmisible 2023 dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo.
Declara inadmisible por tardío el recurso de casación interpuesto por la CAASD contra una sentencia del Tribunal Superior Administrativo. La Sala computó el plazo desde la notificación y concluyó que el recurso se depositó después de vencidos los veinte días hábiles.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona