Empresa Distribuidora de Electricidad del Este SA. (Edeeste) vs. Superintendencia de Electricidad (SIE) y Oficina de Protección al Consumidor de Electricidad (PROTECOM)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este SA. (Edeeste) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. → |
| Recurrido | Superintendencia de Electricidad (SIE) | Superintendencia de Electricidad → |
| Recurrido | Oficina de Protección al Consumidor de Electricidad (PROTECOM) |
FALLA ÚNICO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, SA. (EDE ESTE), contra la sentencia núm. 0030-02-2022-SSEN-00408, de fecha 30 de septiembre de 2022, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo.
La Tercera Sala examina un segundo recurso de casación de Edeeste contra una sentencia del Tribunal Superior Administrativo que rechazó su impugnación de actos de la SIE y Protecom. El fragmento desarrolla competencia y el planteamiento de inconstitucionalidad del artículo 469 del Reglamento de aplicación de la Ley General de Electricidad; no incluye el fallo final.
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Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona