Santos Soriano Mota vs. Hotelera Bávaro Beach SA. y Hotelera Bávaro SA.
Proveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Santos Soriano Mota | |
| Recurrido | Hotelera Bávaro Beach SA. | |
| Recurrido | Hotelera Bávaro SA. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Hotelera Bávaro, SA → |
FALLA PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Santo Soriano Mota contra la sentencia núm. 336-2019-SSEN-00066 de fecha 28 de febrero 2019 dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo SEGUNDO: COMPENSA las costas del procedimiento.
La Tercera Sala conoce un recurso de casación contra la inadmisibilidad por prescripción de una demanda laboral de oponibilidad de sentencia e indexación. Examina los alegatos de ultra petita, desnaturalización y falta de motivación, y sostiene que las acciones sin plazo laboral especial prescriben en veinte años desde el pronunciamiento de la sentencia.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona