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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia SCJ-TS-24-1306

Framila Publicidad SRL. vs. Dirección General de Impuestos Internos (DGII)

El Estado es parte
Ver la decisión original →PDF
Tribunal
Suprema Corte de Justicia · Tercera Sala
Fecha
31 jul de 2024
Materia
Contencioso tributario
Acción o recurso
Recurso de casación
Resultado
Declara inadmisible
Expediente
0030-2019-ETSA-01484
Juez ponente
Manuel A. Read O.

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteFramila Publicidad SRL.
RecurridoDirección General de Impuestos Internos (DGII)Dirección General Impuestos Internos →

Lo que decidió

ÚNICO: Declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la compañía Framila Publicidad, SRL. contra la sentencia núm. 0030-02-2022- SSEN-00528 de fecha 15 de diciembre de 2022 dictada por la Primera Sala del Av. Enrique Jiménez Moya esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: [teléfono] • • E-mail: contacto@poderjudicial.gob.do 16 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 001-033-2023-RECA-01493 Recurrente: Framila Publicidad, SRL. Recurrido: Dirección General de Impuestos Internos (DGII) Materia: Contencioso tributario Decisión: Inadmisible Tribunal Superior Administrativo, en atribuciones contencioso tributarias, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo.

Resumen

La Tercera Sala conoce un recurso de casación de Framila Publicidad contra una sentencia del Tribunal Superior Administrativo. Examina la competencia ante un segundo recurso, una solicitud de defecto contra la DGII y la aplicación temporal de la Ley núm. 2-23; el encabezado indica que la decisión es inadmisible.

recurso de casacióncontencioso tributarioinadmisibilidadLey núm. 2-23defectoirretroactividad

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Juristeca (Escuela Nacional de la Judicatura)PDF de la decisión

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona