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Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia SCJ-TS-23-0993

Grupo Ramos S.A. vs. Carlos Antonio Ureña Adames

Proveedor del Estado
Ver la decisión original →PDF
Tribunal
Suprema Corte de Justicia · Tercera Sala
Fecha
31 ago de 2023
Materia
Laboral
Acción o recurso
Recurso de casación
Resultado
Declara inadmisible
Decisión impugnada
Corte de Trabajo de Santo Domingo, del 30
Publicación
Boletín Judicial de agosto de 2023

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteGrupo Ramos S.A.Proveedor del Estado con la misma razón social: Grupo Ramos, S.A. →
RecurridoCarlos Antonio Ureña Adames

Lo que decidió

FALLA PRIMERO: Declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la entidad Grupo Ramos, SA., contra la sentencia núm. 655- 2021-SSEN-090, de fecha 30 de junio de 2021, dictada por la Corte de 6309 Trabajo del Departamento Judicial de Santo Domingo, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo. SEGUNDO: COMPENSA las costas del procedimiento.

Resumen

Declara inadmisible el recurso de casación de Grupo Ramos contra la sentencia laboral que confirmó condenaciones a favor de Carlos Antonio Ureña Adames. La suma condenada no excedía el umbral de veinte salarios mínimos exigido por el artículo 641 del Código de Trabajo.

recurso de casacióninadmisibilidadumbral de salarios mínimoscondenaciones laboralesartículo 641 del Código de Trabajo

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Boletín Judicial del Poder JudicialPDF de la decisión

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona