| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Ricardo Reyes | |
| Recurrido | Granos Nacionales S. A. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Granos Nacionales, S.A → |
FALLA PRIMERO: Declara la INCOMPETENCIA de esta Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia para conocer el recurso de casación interpuesto por Ricardo Reyes, Jaime Reyes Romero, Jorge Ramírez Mateo, Eduardo Romero, Jorge García Taveras, Confesor Romero, Andrés 4138 Merán Romero, Manuel Antonio Rodríguez, Freddy Romero Alcántara y Eliezer Romero, contra la sentencia núm. 029-2022-SSEN-00249, de fecha 26 de septiembre de 2022, dictada por la Segunda Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo, por tratarse del mismo punto de derecho. SEGUNDO: Envía ante las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el expediente enunciado para su instrucción y fallo. TERCERO: Dispone que la presente decisión sea comunicada a las partes.
La sentencia examina un segundo recurso de casación contra una decisión dictada como tribunal de envío. Determina que, si el recurso plantea nuevamente el mismo punto ya conocido en casación, corresponde conocerlo a las cámaras reunidas de la Suprema Corte de Justicia, por lo que la Tercera Sala declara su incompetencia.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona