Dirección General de Aduanas (DGA) vs. G Central Textiles Dominicana C. por A.
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Dirección General de Aduanas (DGA) | Estado |
| Recurrido | G Central Textiles Dominicana C. por A. |
FALLA ÚNICO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por la Dirección General de Aduanas (DGA), contra la sentencia núm. 0030- 1645-2021-SSEN-00486, de fecha 19 de noviembre de 2021, dictada por la Sexta Sala Liquidadora del Tribunal Superior Administrativo, en atribuciones contencioso tributarias cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo.
La Tercera Sala examina un recurso de casación de la Dirección General de Aduanas y una excepción de nulidad fundada en la falta de identificación de quien la representaba. Interpreta que las nulidades de fondo del artículo 39 de la Ley 834-78 no deben extenderse a supuestos no previstos expresamente cuando ello restringe el acceso a la justicia.
recurso de casaciónnulidad de fondoacceso a la justiciaderecho de defensarepresentación procesalcontencioso tributario
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona