Inversiones Ítalo Tropicales S.A. vs. Banco Agrícola de la República Dominicana
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Inversiones Ítalo Tropicales S.A. | |
| Recurrido | Banco Agrícola de la República Dominicana | Banco Agrícola de la República Dominicana → |
FALLA PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por la sociedad comercial Inversiones Ítalo Tropicales, SA., contra la sentencia núm. 201700188, de fecha 20 de octubre de 2017, dictada por el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Este, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del procedimiento y ordena su distracción a favor del Dr. César Bienvenido Ramírez A. y del Lcdo. Fernely Solís Pereyra, abogados de la parte recurrida Instituto Agrario Dominicano (IAD); y del Dr. José Antonio Polanco Ramírez, Abogado del Estado del Departamento Este, quienes afirman avanzarlas en su totalidad.
Conoce el recurso de casación de Inversiones Ítalo Tropicales contra una sentencia del Tribunal Superior de Tierras que anuló registros y contratos de venta relativos a terrenos en Miches. El texto recibido termina al comenzar la exposición de los medios de casación y no muestra la decisión final.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona