Kentucky Foods Group Limited vs. Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Proconsumidor)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Kentucky Foods Group Limited | |
| Recurrido | Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Proconsumidor) | Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor → |
FALLA ÚNICO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por la entidad comercial Kentucky Foods Group Limited, contra la sentencia núm. 030-2018-SSEN-00436, de fecha 28 de diciembre de 2018, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo.
Rechaza el recurso de casación interpuesto por Kentucky Foods Group Limited contra una sentencia del Tribunal Superior Administrativo relativa al cobro de propina legal en alimentos adquiridos para consumo fuera del establecimiento. Interpreta que el artículo 228 del Código de Trabajo no extiende ese cobro obligatorio a la modalidad de solo recogida.
recurso de casaciónpropina legalartículo 228 del Código de Trabajoconsumo fuera del establecimientoPro Consumidor
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona