| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Magda | |
| Recurrido | Money Auto SRL. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Money Auto, SRL → |
FALLA PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por contra la sentencia núm. 1397-2020-8-00083, de fecha 23 de octubre de 2020, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior de Tierras del Departamento Central, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas y ordena su distracción a favor del Dr. José Tomás Escott Tejada, abogado de la parte recurrida, quien afirma avanzarlas en su totalidad.
La Tercera Sala rechaza el recurso de casación interpuesto contra una decisión que declaró inadmisible, por cosa juzgada, una litis inmobiliaria para cancelar una hipoteca judicial definitiva. Considera que se acreditó identidad de objeto, causa y partes, y que no se aportó la prueba necesaria para comprobar la alegada desnaturalización de los hechos.
recurso de casacióncosa juzgadaidentidad de objeto, causa y parteshipoteca judicial definitivalitis sobre derechos registradosdesnaturalización de los hechos
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona