| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Grupo Ramos S. A. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Grupo Ramos, S.A. → |
PRIMERO: Declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la entidad comercial Grupo Ramos, SA., contra la sentencia núm. 028-2020-SSEN-153, de fecha de 18 de diciembre de 2020, dictada por la Primera Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del procedimiento y ordena su distracción a favor y provecho de los Lcdos. e abogados de la parte recurrida quienes afirman haberlas avanzado en su totalidad.
La Tercera Sala declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por Grupo Ramos, S. A., porque las condenaciones confirmadas no superan el umbral de veinte salarios mínimos previsto en el artículo 641 del Código de Trabajo. Impone a la parte recurrente el pago de las costas del procedimiento.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona