Corporación Avícola del Caribe, [nombre reservado] y Corporación Avícola Ganadera Jarabacoa S. A. S. (Pollo Cibao)
Proveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Corporación Avícola del Caribe | Proveedor del Estado con la misma razón social: Corporación Avicola del Caribe , LTD → |
| Recurrente | Nombre reservado por la fuente | |
| Recurrente | Corporación Avícola Ganadera Jarabacoa S. A. S. (Pollo Cibao) |
PRIMERO: Declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por las empresas Corporación Avícola del Caribe, LTD. y Corporación Avícola Ganadera Jarabacoa, SAS. (Pollo Cibao), contra la sentencia núm. 655-2019-SSEN-135, de fecha 23 de julio de 2020, dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de Santo Domingo, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del procedimiento y ordena su distracción a favor del Dr. Juan Euclides Vicente Roso, abogado de la parte recurrida, quien afirma avanzarlas en su totalidad.
Declara inadmisible el recurso de casación de las empresas empleadoras porque las condenaciones laborales fijadas por la sentencia recurrida, por RD$174,584.51, no superan el umbral de veinte salarios mínimos aplicable al momento de terminar el contrato. Impone las costas a la parte recurrente.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona