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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia núm. 4

[nombre reservado] vs. Plaza Lama S. A.

Proveedor del Estado
Ver la decisión original →PDF
Tribunal
Suprema Corte de Justicia · Tercera Sala
Fecha
30 ene de 2019
Materia
Laboral
Acción o recurso
Recurso de casación
Resultado
Declara inadmisible
Decisión impugnada
Corte de Trabajo de Santiago, del 14 de agosto de 2017.
Publicación
B.J. núm. 1298, enero 2019

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteNombre reservado por la fuente
RecurridoPlaza Lama S. A.Proveedor del Estado con la misma razón social: Plaza Lama, SA →

Lo que decidió

Por tales motivos; Primero: Declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el Licdo. PER3 contra la sentencia dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de Santiago, el 14 de agosto de 2017, cuyo dispositivo se ha copiado en parte anterior al presente fallo; Segundo: Compensa las costas de procedimiento;

Resumen

La Tercera Sala declara inadmisible un recurso de casación laboral porque las condenaciones no superaban veinte salarios mínimos, conforme al artículo 641 del Código de Trabajo. Desestima el planteamiento de inconstitucionalidad de ese artículo y compensa las costas.

casación laboralinadmisibilidadartículo 641salarios mínimosinconstitucionalidadcostas

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Juristeca (Escuela Nacional de la Judicatura)PDF de la decisión

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona