Ministerio Público y Dirección General de Impuestos Internos (DGII) vs. Inversiones Sanlima
El Estado es parteProveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Ministerio Público | Ministerio Público |
| Recurrente | Dirección General de Impuestos Internos (DGII) | Dirección General Impuestos Internos → |
| Recurrido | Inversiones Sanlima | Proveedor del Estado con la misma razón social: Inversiones Sanlima, SRL → |
FALLA Primero: Declara con lugar los recursos de casación interpuestos por: 1) Dr. , procurador general titular de la Corte de Apelación del Distrito Nacional; , , y procuradores fiscales de la Unidad de Investigación de Delitos Tributarios (UIDT); y 2) Dirección General de Impuestos Internos (DGII), contra la sentencia núm. 502-2024-SSEN-00112, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el 19 de septiembre de 2024, cuyo dispositivo figura copiado en parte anterior del presente fallo. Segundo: Casa la sentencia impugnada y ordena el envío del proceso por ante la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, para que designe un juzgado distinto al que conoció del caso y conozca nueva vez el asunto. Tercero: Compensa el pago de las costas del proceso. 26 Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel. • Dirección de Internet: http:// • e-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. 063-2023-EPEN-00751 Rc. Dr. , procurador general titular de la Corte de Apelación del Distrito Nacional y compartes Fecha: 31 de enero de 2025 Tercero: Ordena al secretario general de esta Suprema Corte de Justicia notificar la presente decisión a las partes implicadas en el proceso.
Conoce los recursos de casación del Ministerio Público y de la Dirección General de Impuestos Internos contra una sentencia de apelación penal vinculada con una acusación por falsificación de especies o valores fiscales y la aplicación del procedimiento penal abreviado; los antecedentes disponibles describen el trámite, sin incluir aquí la decisión final.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona